La Administración estadounidense, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), concede licencias de explotación a BP PLC, Chevron CorporatioLa Administración estadounidense, a través de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), concede licencias de explotación a BP PLC, Chevron Corporatio

Trump levanta las sanciones al petróleo venezolano y autoriza a varias compañías a comerciar con Caracas

2026/02/14 00:54
Lectura de 3 min

La Administración Trump levantó este viernes las sanciones al petróleo venezolano y autoriza a varias compañías a comerciar con Caracas. El levantamiento de las sanciones se produce tras la primera visita de un miembro del Gabinete de Donald Trump, el secretario de Energía de EEUU, Chris Wright, a Venezuela, con reuniones con la presidenta, Delcy Rodríguez, y supervisando los lugares de extracción del país.

Así, la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos aprobó este viernes un cambio en el reglamento de sanciones de Venezuela autorizando “transacciones relacionadas con las operaciones del sector de petróleo o gas en Venezuela de ciertas entidades”. Y las empresas que recibieron la licencia por parte de la Administración estadounidense para comerciar con el petróleo venezolano son: Repsol SA, BP PLC, Chevron Corporation, Eni S.p.A. y Shell PLC.

La licencia, firmada por Bradley T. Smith, director de la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) tiene varias condiciones. Les permite comerciar con “Petróleos de Venezuela, S.A. (PdVSA), o cualquier entidad en la que PdVSA posea, directa o indirectamente, una participación del 50% o más (colectivamente, las ”Entidades de PdVSA“), que estén relacionadas con las operaciones del sector petrolero o gasífero en Venezuela”. Pero siempre que: “Cualquier contrato para dichas transacciones con el Gobierno de Venezuela, PdVSA o Entidades de PdVSA especifique que las leyes de los Estados Unidos o de cualquier jurisdicción dentro de los Estados Unidos rigen el contrato y que cualquier resolución de disputas en virtud del mismo se lleve a cabo en los Estados Unidos”.

La autorización también exige que “cualquier pago monetario a una persona sancionada, excluyendo pagos de impuestos, permisos o tasas locales, se realice en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros [controlados por EEUU], según lo especificado en la Orden Ejecutiva 14373 del 9 de enero de 2026, o en cualquier otra cuenta según lo indique el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos”. Además, “cualquier pago de impuestos o regalías sobre petróleo o gas al Gobierno de Venezuela, PdVSA o cualquier Entidad de PdVSA debe realizarse en los Fondos de Depósito de Gobiernos Extranjeros o en cualquier otra cuenta según lo indique el Departamento del Tesoro de los Estados Unidos”.

El documento señala que la licencia no autoriza “condiciones de pago que no sean comercialmente razonables, que impliquen canjes de deuda o pagos en oro, o que estén denominadas en moneda digital, moneda digital o tokens digitales emitidos por, para o en nombre del Gobierno de Venezuela, incluido el petro [criptomoneda venezolana]; cualquier transacción que involucre a una persona ubicada en la Federación Rusa, la República Islámica de Irán, la República Popular Democrática de Corea, la República de Cuba, la República Popular China o cualquier entidad propiedad de, controlada por, o en una empresa conjunta con dichas personas; el desbloqueo de cualquier propiedad bloqueada de conformidad con las sanciones a Venezuela; cualquier transacción que involucre un buque bloqueado”.

Comunicado de la Oficina de Control de Activos Extranjeros de Estados Unidos

La licencia también exige que “cualquier persona que realice transacciones de conformidad con esta licencia general debe proporcionar un informe detallado de las partes involucradas; una descripción de las transacciones, incluyendo, según corresponda, las cantidades, valores y fechas de las transacciones; y cualquier impuesto, tasa u otros pagos realizados al Gobierno de Venezuela”.

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